jueves, septiembre 10, 2009


Protocolo para la investigación de los hechos en la Guardería ABC

Sra. Magistrada María del Rosario Mota Cienfuegos
Sr. Magistrado Carlos Ronzón Sevilla

Entiendo que en la primera pregunta de investigación en la hipótesis que proponen los magistrados al hablar de la operación de las guarderías están haciendo referencia a la participación de los particulares.

Considero, que independientemente que sea factible o no que el Estado en las autoridades constituidas delegue a particulares una obligación que tiene constitucionalmente establecida, es necesario explicitar otra pregunta de investigación en la hipótesis no ya desde la perspectiva de la autoridad constituida sino desde el subrogante en cuanto a la violación grave de las garantías individuales:
¿el eventual desorden lleva a la indiferencia de los particulares ante la normatividad a pesar de las advertencias de la autoridad competente y conlleva a la negligencia en la operación de dichas guarderías porque se ha buscado el enriquecimiento personal sin considerar la consecuencia social de las acciones u omisiones de esos particulares que en este caso, resultó en la muerte de 49 niños muertos y las consecuencias en la salud de aquellos que todavía están padeciendo?

Atentamente.
Dr. Jorge Martínez Soto, Pbro.

CCP
Ministro José de Jesús Gudiño Pelayo
Ministra Olga Sánchez Cordero de García Villegas
Ministro Genaro David Góngora Pimentel

Conferencia mañanera del Presidente Andrés Manuel López Obrador https://www.youtube.com/live/MQak5Dkfzjk?si=_Qozz2DPs-BZAq-f